Cáritas denuncia que el Gobierno quiere penar a quienes prestan ayuda humanitaria a personas en situación de irregularidad

 

La Asamblea General de las Naciones Unidas en octubre de 1966, proclamó el 21 de marzo como el Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, e instó a los Estados a poner en marcha programas de acción para eliminar la discriminación racial. Desde el Área Internacional en esta fecha tan significativa denunciamos que: El anteproyecto de reforma del Código Penal pretende igualar conductas ilícitas e inmorales como la trata de seres humanos y los abusos sobre las personas migrantes con prácticas humanitarias de solidaridad, hospitalidad y asistencia hacia aquellas personas que transitan o permanecen de forma irregular “sin papeles” en o por España.

 

El apartado primero del proyecto art. 318 bis, establece que pueden ser perseguidos y castigados penalmente quienes ayuden por motivos estrictamente humanitarios a una persona que no sea nacional de un Estado miembro de la UE, y se deja en manos del Ministerio Fiscal la posibilidad de acusar o no, cuando se actúa por motivos humanitarios.

El anteproyecto, al tipificar en su apartado segundo la ayuda a la permanencia con ánimo de lucro, permite el castigo de comportamientos carentes de lesividad y desvalor social, como pueden ser, alquilar una vivienda a un inmigrante sin papeles, admitirle en un hotel, llevarle en un taxi… o cualquier otra conducta que, guiada por un ánimo de lucro lícito, permita al inmigrante sin papeles prolongar su estancia en nuestro país o en otro Estado miembro. En ellos no se detecta el menor atisbo de lesión alguna de los derechos de los ciudadanos extranjeros.

No se está protegiendo a los ciudadanos extranjeros, sino que se están estrangulando sus derechos, tratando a la víctima como delincuente y a quienes les auxilian como verdugos. El derecho penal no puede ser utilizado para semejante fin. La propuesta de redacción del art.  318 bis, incurriría a nuestro juicio en la inconstitucionalidad.

Por ello, esta norma repercutiría negativamente en la situación, ya suficientemente vulnerable, de las personas inmigrantes en situación irregular, afectando a sus derechos fundamentales básicos: la vida, la salud, la dignidad, etcétera, de los que los ciudadanos extranjeros son titulares con independencia de su situación administrativa.

Solicitamos al Gobierno estatal que deje claro en la futura ley, que estarán exentos de responsabilidad criminal todos los supuestos de auxilio por razones humanitarias.

 

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